Firme como ha quedado la decisión dictada por este Tribunal en fecha 22 de marzo de 2010, se ordena remitir el presente expediente a su Tribunal de origen, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, previo cómputo por Secretaría de los días de despacho trascurrido desde el día 22 de marzo de 2010, exclusive, hasta el día 26 de abril de 2010, inclusive, así como también se acuerda oficiar al Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que tenga conocimiento de la decisión. Líbrense oficios. Cúmplase.-