Por todo los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la entrega plena y sin restricciones del vehículo identificado con las siguientes características: Tipo MOTO, Marca BERA; Modelo BR200-2; Año 2007; Color NEGRO; Placas AET476, Serial de Carrocería LP6PCMA0070001954 y Serial de Motor 163FML75011309; en la persona del ciudadano Carlos Eduardo García Zurita, titular de la Cédula de Identidad N° 17.674.189; ello en virtud de que el referido vehículo fue plenamente identificado, no presentó irregularidades en sus seriales y no es imprescindible para la investigación; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio al encargado del Estacionamiento "Grúas Oriente", ubicado en la carretera nacional Cumaná-Cumanacoa del Estado Sucre, informán.....