En mérito a las razones que anteceden, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CONDENA al acusado ROBERTO MIGUEL ESCALONA LINAREZ, titular de la cédula de identidad No. C.I 18.422.225, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS de CUATRO (04) MESES Y CINCO (05) DIAS DE PRISION más las accesorias de ley, por la comisión del delito ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, LESIONES PERSONALES Y USO DE ADOLESCENTES PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 5 y 6 ordinal 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, artículo 413 del Código Penal y 264 de la Ley Orgánica del Niño y del Adolescente mas las accesorias de ley, a saber: 1) Interdicción civil durante el tiempo de la pena 2) La inhabilitación política durante el tiempo de la condena. 3) La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una .....