Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Única de la Corte Superior del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el escrito de Recusación interpuesto por el Abogado JESUS ANTONIO RIPOLL, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.736.872, inscrito en el Inpreabogado Nº 64.780, en fecha 22 de Abril de 2013, obrando con la condición de Defensor del Imputado EVART FRANCISCO DE NOBREGA QUINTERO, en contra de la Dra. ROSARIO CHACON DE GUERRERO, en su carácter de Jueza Segunda de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en el Asunto Penal signado bajo el Nº VP02-S-2013-000447, seguido al referid.....