En consonancia con lo razonado anteriormente, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN efectuada en el juicio por PARTICIÓN DE COMUNIDAD incoado por la ciudadana CATERINA MAGNANO TORTOZA contra el ciudadano ARGENIS ANTONIO MALPICA MORALE, todos identificados en el encabezamiento de esta decisión, en los términos contenidos en la misma.