Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DECAIMIENTO DEL OBJETO y consecuente PERDIDA DEL INTERÉS EN LA EJECUCIÓN DEL FALLO, en el amparo constitucional incoado por la sociedad mercantil COVENCAUCHO INDUSTRIAS, S.A., contra el Ministerio del Poder Popular Para la Industria y Comercio hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL COMERCIO.
SEGUNDO: Se DESESTIMAN las apelaciones interpuestas por los abogados AIZA ROJAS y LUÍS BELTRAN, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 44288 y 40.589, actuando con el carácter de apoderados judiciales del tercero interesado y de la República Bolivariana de Venezuela, respectivamente, de conformidad con lo previsto en la motiva del presente fallo.