declara INADMISIBLE POR CADUCA, la querella interpuesta por las abogadas CONCEPCION OLIMPIA FERMIN MUÑOZ, LUISA FLORES DE REYES y ELIZABETH ARRIOJAS, inscritas en el inpreabogado bajo los Nros. 30.109, 21.238 y 23.135, respectivamente, actuando en su carácter apoderadas judiciales de la ciudadana MYRNA E. SANCHEZ, portadora de la cédula de identidad Nro. 6.493.985, mediante la cual solicita el pago de la diferencia de prestaciones sociales al Instituto Nacional de Tierras (INTI).