Este Tribunal, previo análisis del contenido de la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, tiene en cuenta que la solicitante ciudadana Francelina Jaime Chogo, venezolana, mayor de edad, soltera, ama de casa, titular de la cédula de identidad Nº V-11.215.367, asistido en este acto por el abogado: Leonardo Carrero Guillen, titular de la Cédula de Identidad número V-9.399.263 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.930, busca un nuevo pronunciamiento con respecto a la sentencia dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Sede El Vigía Expediente Nº JMS-143-12, quien no la declaro como Única y Universal Heredera, por cuanto no se evidencia en actas un medio probatorio donde se compruebe fehacientemente la Unión Concubinaria con el causante Adelmiro Avendaño Pérez. En consecuencia, este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora .....