En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora, contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de mayo de 2009. Segundo: Se confirma el fallo recurrido que declaró con lugar la impugnación de la experticia complementaria de fallo presentada por la demandada, todo ello en el juicio interpuesto por el ciudadano Tomás Geraldo Gavidia Monsalve contra el Banco Provincial S.A., Banco Universal, y que fijó la estimación de conformidad con el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil aplicable por analogía de conformi.....