PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. Gustavo José Mendoza Pacheco, en su condición de Representante de la empresa C.A. ENERGIA ELECTRICA DE BARQUISIMETO (ENELBAR)., en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 9 de éste Circuito Judicial Penal, en Audiencia Preliminar de fecha 26 de Noviembre del 2005, mediante la cual otorga la Suspensión Condicional del Proceso, en beneficio del imputado, Juan Carlos Tallafero Morón, por un lapso de prueba durante dos (02) años, bajo las siguientes condiciones establecidas en el articulo 39 del Código Orgánico Procesal Penal, ampliando así el principio de Extractividad de la norma, establecido en el articulo 553 del Código Orgánico Procesal Penal, del año 2001.