D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación intentada por la abogada Rosana Jelambi en representación de la ciudadana Cecilia Coromoto Rivero Mendoza en contra del auto de fecha 10 de Enero de 2.011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el cual negó la medida cautelar innominada solicitada.
Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada en los términos expuestos.