Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora
PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSE ANTONIO ZARAGOZA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.154.425, representado judicialmente por los abogados WILLIAM ERNESTO ORTEGA PERALTA, ENRIQUE JOSE VALERA, GUILLERMO FIGUEROA y ZULEIKA TERESA HERNANDEZ GALEA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 78.834, 54.749, 102.484 y 73.432, contra la sociedad de comercio LA LUCHA, C. A., domiciliada en los Teques, Estado Miranda, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 05 de Junio de 1957, anotada bajo el n.....