En el dia de hoy este Juzgado Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo previsto en el artículo 202 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la demanda por cobro de PRESTACIONES SOCIALES incoada por las ciudadanas LEIDY CRISTINA DE SOUSA LECA Y ZULY GABRIELA GONZALEZ SALAS contra la empresa CENTRO HIPICO CALIENTISIMO "DON JUAN.