Por lo antes expuestas y satisfechos como se encuentran los extremos procesales de procedencia de las medidas cautelares a tenor de lo establecido en los artículos 585 y 588, ordinal 3° del Código de Procedimiento. Este Tribunal ACUERDA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el 50 % del inmueble propiedad del ciudadano PAUL FRANCISCO CABRERA, constituido por un (1) apartamento destinado a vivienda principal, ubicado en el piso Pent-House, Apartamento, distinguido como PENT ¿ HOUSE del Edificio "RESIDENCIAS EL MIRADOR", el cual se encuentra constituido en la calle 143 (Callejón la Ceiba") Urbanización "La Ceiba", en jurisdicción del Municipio Valencia del Estado Carabobo, identificado con el N° catastral 08-14-7-U-17-34-PH ¿ PH; el cual tiene una superficie aproximada de CIENTO NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA DECIMETROS CUADRADOS (193,70 MTS) más SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON VEINTE DECIMETROS CUADRADOS( 74,20 MTS2) DE Terraza, la cual c.....