Se concede permiso al adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), para que disfrute el periodo de vacaciones escolares comprendido desde la fecha miércoles 08 de agosto de 2012 hasta el 10 de septiembre 2012, en horas de la tarde, con su prima la ciudadana Juana Maria Aranguren Pereira, titular de la cedula de identidad Nº 17.943.951, con motivo de las vacaciones escolares, en el entendido que el adolescente deberá retornar a la Casa Hogar Niño Jesús de la Ciudad de Los Muchachos de Aregue, de esta en la población de Aregue parroquia Trinidad Chiquinquirá, estado Lara el día lunes 10 de septiembre 2012 en horas de la tarde.