declara: a la ciudadana ROSIBELL CAROLINA AVILA VILLALOBOS, y a los niños (Se omiten los nombres de los niños, niñas y/o adolescentes por razones de confidencialidad), como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante YORDANO JOSE ZAMBRANO MORAN, quién falleció en jurisdicción de la Parroquia La Concepción del Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, según acta de defunción consignada.
Se dejan a salvo los derechos a terceros.
Se ordena la entrega de las actuaciones en original, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada en el Tribunal.