Por las razones expuestas, este Tribunal Penal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 4, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de conformidad con lo establecido en el Artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por operar una causa de extinción de la acción penal como lo es el cumplimiento del lapso de suspensión condicional del proceso, a Pérez Grateron José Esquibel, por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 Ordinal 3ero. Del Código Penal Venezolano Vigente. Una vez firme la presente decisión, se acuerda oficiar a los organismos de seguridad del Estado a los fines de que se excluya a la mencionada ciudadana de pantallas por este Asunto. Notifíquese y ofíciese lo conducente. Cúmplase.
EL JUEZ DE JUICIO NRO. 4
Abg Carlos Gabriel Torrealba Gamarra
La SECRETARIA
ABG. Doris T. Escalona Q.