Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, y CON LUGAR la acción de DESALOJO incoada por los ciudadanos LILIA ROSA TELLEZ PAREDES y JORGE HEDERMEN LEON ESTANGA contra la CARMEN ROJAS DE ASTUDILLO, ya identificados. En consecuencia, se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar a la parte actora libre de bienes y personas el inmueble constituido por el apartamento ubicado en la planta N° 1, Torre 3-B, del Conjunto Residencial Maria Teresa Dos (II), y distinguido como 1-2, Urbanización Valle Abajo, Parroquia San Pedro, entre calle Chile y Maria Teresa Toro, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en el .....