III
Por todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la abogada ESTELMA LUCILA SANCHEZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, inscrita bajo el Inpreabogado Nº 280.045, actuando como apoderada judicial del ciudadano JENDER RAFAEL ALVARADO SOTELO, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-22.742.291. SEGUNDO: SE ORDENA a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Urama del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, y al Registro Principal del Estado Carabobo, estampar la respectiva nota marginal en el Acta que cor.....