En virtud de los razonamientos anteriormente expresados, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DISUELTO el vinculo matrimonial existente entre los ciudadanos ALEJANDRO LEONEL MONZON BELLO y NAHIBETH NATHALIE PEÑA DOMINGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nros. V-26.314.330 y V-23.110.133, respectivamente, y en consecuencia declara EL DIVORCIO de los precitados ciudadanos. Así se decide.-