SIN LUGAR la recusación interpuesta por el ciudadano Abogado PEDRO CHAVEZ, actuando como Defensor del ciudadano WILLI ALFREDO PEREZ MOLINA, en contra de la ciudadana LAURA VILCHEZ RIOS, en su carácter de Jueza Novena de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en la causa seguida al mencionado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2, 3, 10 y 12 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y Porte Ilícito de Arma, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Yarabib Indira Navarro y el Orden Público. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 86 numeral 8; 94 y 96 del Código Orgánico Procesal Penal.