declara: CON LUGAR la inhibición planteada por la Jueza del Tribunal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, TERESA SANTANA REYES, de conformidad con el ordinal 8 del Artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se autoriza a la prenombrada Jueza a separarse del conocimiento de la causa principal distinguida con el Nº de asunto GP01-P-2005-001096, seguida al ciudadano JULIO ALEXANDER RODRIGUEZ ESTRADA, y en consecuencia, ORDENA que la causa siga siendo conocida por el juez sustituto.