DISPOSITIVA:
En virtud a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: NIEGA POR IMPROCEDENTE ELDECAIMIENTO DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al acusado: MIGUEL DAVID RODRIGUEZ ALVARADO, plenamente identificado en autos, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión de los delitos de: CONCUSION, tipificado en el artículo 60 de la Ley contra la Corrupción; PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, tipificado en el artículo 176 del Código Penal y VIOLACIÓN DE DOMICILIO COMETIDA POR FUNCIONARIO, tipificado en el artículo 184 del Código Penal, en consecuencia se niega el decaimiento de la medida solicitado en forma extensiva también al acusado HERMAN JOSE MENDEZ BORJAS.-
SEGUNDO: NIEGA LA SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN PREVEN.....