IV
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana DULCE GUZMAN, antes identificada, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PÁEZ DEL ESTADO PORTUGUESA.
SEGUNDO: Se declara Nulo de Nulidad Absoluta el acto administrativo signado con el Nº R-2008, de fecha 07 de diciembre de 2004, dictado por la Coordinación de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio Páez del Estado Portuguesa.
TERCERO: No se condena en costas por tratarse de un Ente de la Administración Pública.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese al Síndico Procurador Municipal del Municipio Páez del Estado Portugues.....