En mérito a las razones que preceden, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 2 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, MANTIENE al ciudadano WILMER DE JESÚS GONZÁLEZ URDANETA, titular de la cédula de identidad Nº 9.702.895, la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, y se amplia el lapso de presentaciones a cada sesenta (60) días.
Se deja Sin efecto la Orden de aprehensión a nivel nacional, por lo que debe librarse los oficios indicándose a los organismos de seguridad del estado que deberá informar a este Tribunal, una vez se haya dado cumplimiento a la exclusión de la orden de aprehensión.
Líbrese oficio.
Téngase a las partes por notificadas.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Quinto de.....