Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano HUMBERTO ENRIQUES GUEVARA contra MGH PROTECCIÓN INTEGRAL, C.A., en consecuencia, se ordena a esta última a cancelar al demandante las cantidades y conceptos que se especifican en la parte motiva del fallo. SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay expresa condenatoria en costas.