DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR SIN LUGAR la RECUSACIÓN, interpuesta por la Abg. Dios Gracia Vera, en su condición de Defensora Privada del imputado Fredy Enrique Saez, en la causa principal signada con el N° KJ01-P-2010-000133, contra la Abg. Wendy Carolina Azuaje Pérez, en su condición de Juez de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 09 de éste Circuito Judicial Penal del Estado Lara, de conformidad con la causal prevista en el artículo 86 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese la presente decisión y remítase la presente incidencia, al Tribunal Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, que conoce de la Causa Principal, a los fines de que sean agregadas al mismo. Igualmente líbrese boleta de notificación a la J.....