Se dictó y publicó Resolución mediante la cual se declaró: COMPETENTE a la CSCA para conocer y decidir en 1º grado de jurisdicción la demanda de nulidad interpuesta; ADMITIÓ la demanda; ORDENÓ la notificación de los ciudadanos FGR, Superintendente de la SUDEBAN, MPPF y PGR; ORDENÓ solicitar al Superintendente de la SUDEBAN el exp. administrativo relacionado con la causa, ÓRDENO la apertura de un cuaderno separado para resolver la medida de suspensión de efectos, una vez conste en autos las notificaciones ordenadas a los fines que fije la oportunidad para que tenga lugar la audiencia de juicio de conformidad con el art. 82 de la LOJCA.