Por los fundamentos antes expuestos, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Abogado. AMERICO DE JESUS PALMAR, Defensor Público Trigésimo de Indígena con competencia Penal Ordinario para la Fase del Proceso, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, en su condición de Defensor del Imputado DANIEL ANTONIO ROQUE PÉREZ, en contra de la decisión Nº 1351-13, de fecha 19 de Junio de 2013, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres, mediante la cual declaró entre otros particulares: 1) ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN,.....