PRIMERO: Se Admite la acusación presentada por el Ministerio Público; de igual manera admite los medios de pruebas presentados por el Ministerio Público y la calificación Jurídica dada por el Ministerio Público por la comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehiculo Automotor en grado de Coautoria y Porte Ilícito de Arma de Fuego (no Industrializada), en Perjuicio del Ciudadano Ali Eduardo Mena Rodríguez y el estado Venezolano.
SEGUNDO: Vista la Manifestación de voluntad del adolescente en cuanto a la admisión de los hechos se CONDENA al adolescente Acusado SE OMITE SU IDENTIDAD POR RAZONES DE LEY por la comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehiculo Automotor en grado de Coautoria y Porte Ilícito de Arma de Fuego (no Industrializada) en Perjuicio Del Ciudadano Ali Eduardo Mena Rodríguez y el estado Venezolano; A CUMPLIR LA SANCIÓN DE LIBERTAD ASISTIDA previstas en el artículo 626 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, por un (01) Año .....