Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- Que RATIFICA la competencia declarada en fecha 10 de octubre de 2017, por el Juzgado de Sustanciación de esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo para conocer de la demanda interpuesta por la abogada Adriana Betancourt Key inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 78.121, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano LUIS DE LOS SANTOS PÉREZ ALVAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 3.300.116, contra la Resolución N° 96 de fecha 24 de marzo de 2017, emanada del SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (SAPI). 2.- REVOCA PARCIALMENTE la decisión dictada por el Juzgado de Sustanciación de este Órgano Jurisdiccional solo en cuanto a la admisibilidad de la acción. Y en consecuencia se declara: 3.- INADMISIBLE por caduca la demanda interpuesta