Por la motivación que antecede, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE ADMITE, el recurso de Nulidad. SEGUNDO: IMPROCEDENTE la medida de amparo cautelar solicitada por la recurrente entidad de trabajo ADMINISTRADORA PARAÍSO, C.A., contra la Providencia Administrativa Nº 00062-19, de fecha 20 de Marzo de 2019, dictada por la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega", Sede Sur, en el Distrito Capital, que ordeno el Reenganche y Pago de Salarios Caídos y Demás Beneficios dejados de Percibir incoada por el trabajador DOUGLAS JOSÉ ROJAS ESTRADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.587.584,en contra la entidad de Trabajo ADMINISTRADORA PARAÍSO, C.A., y también contra El Acta de fecha 07 de mayo de 2019, por ilegal Ejecución de la Providencia Administrativa Nº 0.....