PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio suscrita y presentada por la ciudadana LUZ MARINA OVIEDO DE BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.352.721, domiciliada en el Sector Santa Juana, urbanización Mariano Picón Salas, parroquia Domingo Peña, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil; contra el ciudadano CARLOS ALBERTO BRICEÑO CHIPIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.030.046, domiciliado en el sector Los Rosales, Ejido, parroquia Montalbán, municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil; con fundamento en la sentencia vinculante Nº 1070, de fecha 09 de diciembre de 2016, proferida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.