(...) DECLARA: LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN y en consecuencia, LA EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, en la demanda intentada por el ciudadano JESÚS HILARIO POTELLA MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 6.848.595, que por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoara en contra de la empresa KEY MUSIC SHOP, E.M.S., C.A., Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha veintisiete (27) de noviembre de 1996, bajo el Nro. 53, Tomo 648-A-Sgdo.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.
El ciudadano JESÚS HILARIO POTELLA MARTÍNEZ podrá acudir a la jurisdicción a objeto de reclamar las cantidades que él considera se le adeudan por concepto de Prestaciones Sociales, una vez transcurridos noventa (90) días, de conformidad con el artículo 204 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se ordena la publica.....