Finalizada la audiencia preliminar, en presencia de las partes este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve en los siguientes términos: PRIMERO: : De conformidad con el artículo 330 de la norma adjetiva penal se admite la Acusación presentada por el Ministerio Público en contra de Darwin José Rivas Escalona ampliamente identificado en autos por los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal así como la comisión de los delitos de Porte Ilícito de Arma de Fuego y Lesiones Intencionales de Mediana gravedad previsto en los artículos 415 y 417 eiusdesm SEGUNDO: Se Admite todas las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público a las cuales se adhiere la Defensa Técnica. TERCERO: Se acuerda el Auto de Apertura a Juicio Oral y Público y se emp.....