DECISIÓN
Por los argumentos y fundamento legales, jurisprudenciales antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentado en el articulo 8 Juez de Paz.
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos YOHANA RAELI SEGOVIA VANO Y GELVIS ENRIQUE ZAMBRANO SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-20.832.065 y V-16.846.269, número telefónico: 0424-506.09.40 y 0412-654.88.92, correo electrónico: raelivano@gmail.com y gelvisz27@gmail.com, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio: ORLANDO MEZA, inscrito en el IPSA bajo el N° 264.982, correo electrónico: mezaorlando1979@gmail.com.-
TERCERO: Se declara extinguida la comunidad de.....