el Tribunal no aprecia impertinencia o manifiesta ilegalidad que se desprenda de los medios probatorios, al contrario al admitirlas se garantiza el debido control de la prueba y el derecho a la defensa para ambas partes, pues las pruebas promovidas guardan relación con los hechos por tratarse de documentos relacionados con la presente causa y por lo tanto el Tribunal los admite en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes.