Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por los ciudadanos AIDA ARACELIS LEON NATERA, NANCY LISET LEON NATERA, JAVIER ROLANDO LEON NATERA, HENRY ARTURO LEON NATERA y LIGIA JOSEFINA LEON, representados judicialmente por la Abogada GLADYS SANTELIZ, contra la ciudadana MERY RAMONA CEDEÑO PERALTA, representada judicialmente por los Abogados MILAGROS BELLO FERNANDEZ, CARTI JESUS PULIDO NAMIAS Y MARLENE PULIDO VIDAL, todos identificados en el encabezamiento de la presente decisión, por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD, la cual queda integrada de la siguiente manera: 1-) Un inmueble ubicado en la Urbanización La Colina, Sector 1, Calle 3, No. 13 .....