En mérito de las razones expuestas precedentemente este Juzgado Superior Séptimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la oposición presentada por la Abogada NORKA ZAMBRANO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la Nº 83.700, en su carácter de apoderada judicial de la CONTRALORIA DEL MUNICIPIO ACEVEDO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, mediante el cual hace formal oposición a la Medida de Suspensión de los Efectos decretada por este Juzgado en fecha ocho (08) de enero de dos mil catorce (2014).