Respecto de las pruebas promovidas por la parte actora, el tribunal declara lo siguiente:
PRIMERO: Respecto de la prueba de inspección judicial, discriminada en el capítulo II, particular PRIMERO de esta decisión, este Tribunal declara con lugar la oposición efectuada por la parte demandada y, en consecuencia, niega su admisión;
SEGUNDO: En cuanto a las pruebas de informes, discriminadas en el capítulo II, particular SEGUNDO de esta decisión, este Tribunal declara sin lugar la oposición efectuada por la demandada en cuanto a la señalada en el numeral B de dicho particular, salvo su apreciación en la definitiva, y con lugar la oposición efectuada por la demandada en cuanto a las contenidas en los numerales A y C, y en consecuencia, niega su admisión; y
TERCERO: Respecto de la prueba testimonial discriminada en el Capítulo II, particular TERCERO de esta decisión, este Tribunal la admite salvo su apreciación en la definitiva. En consecuencia, fijará mediante auto separado que.....