Por todo lo expuesto, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley se declara la cesación de las medidas de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta, en favor del joven (Identidad Omitida), identificado supra, impuestas por la comisión del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, con las circunstancias Agravantes previstas en el artículo 6 ordinales 1,2,5 y 12 de la ley especial que regula la materia, en perjuicio de Carlos Castro, Wilmeidy Arelys Rojas Prado y Edilma Josefina Prado Pérez, ocurrido el día 27 de mayo de 2003. Ofíciese a los entes de cumplimiento de las medidas.
Regístrese y Notifíquese.