En mérito de las razones expuestas, esta Juez Unipersonal X del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR EL REGIMEN DE VISITAS incoado por el ciudadano RAFAEL ANGEL PARGAS HURTADO, en favor del niño SSSSSSSSS, y en consecuencia fija el siguiente Régimen de Visitas, para que el ciudadano RAFAEL ANGEL PARGAS HURTADO, pueda ejercer este derecho a favor de su hijo ALEJANDRO DAVID.
PRIMERO: El padre RAFAEL ANGEL PARGAS HURTADO, podrá buscar a su hijo, el día sábado a las 10:00 p.m en la casa del hogar materno y reintegrarlo al mismo sitio, el día domingo a las 6:00 p.m, cada quince días.
SEGUNDO: El día del Padre, si no le correspondiese período de visita el progenitor lo pasará con el niño desde las 1:00 p.m. hasta 6:00 p.m. Igualmente, el día de la Madre el niño lo pasará con su progenitora con .....