V.- DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y de la Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 27.03.2007 (f. 326), por el abogado Gilberto Dos Santos Goncalves, apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil GRUPO AGC 2000 C.A., contra la decisión dictada en fecha 18.01.2007 (f. 273), por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que declaró Con Lugar la Oferta Real hecha por el ciudadano GIUSEPPE IADISERNIA TERRIGNO a la apelante y condenó en costas a la parte oferida.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE e INVÁLIDA la presente Oferta Real del ciudadano GIUSEPPE IADISERNIA TERRIGNO, mediante apoderado judicial, hecha a la sociedad merca.....