Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se ordena al Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a objeto de que en un lapso perentorio, emita pronunciamiento, conforme a su autonomía e independencia, en relación con la medida de embargo sobre bienes propiedad de la parte demandada formulada el 01 de marzo del 2010 por la representación judicial de la parte accionada, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES seguido por LUMOS C.V. contra de EDAC CONSULTING C.A.,.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no se imponen costas. Asimismo, se insta a las partes a los fines de que señalen las respectivas copias que con.....