DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 242 y 254 del Código de Procedimiento Civil, 26, 27 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: Se ADMITE EL RECURSO DE CASACIÓN anunciado por el abogado Lex Hernández Méndez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 38.754, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 24 de noviembre de 2016, en el presente juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO siguen los ciudadanos PEDRO SALVADOR ARDAGNA VEZGA Y WILFREDO MORALES VERA contra la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS EL FOGÓN DE LA ABUELA C.A.
Segundo: Se ordena la inmediata remisión del .....