Ahora bien, en el caso sub iudice observa esta Juzgadora que efectivamente mediante consignación realizada por el Alguacil Titular de este Tribunal en fecha diecinueve (19) de diciembre de 2016, consignó oficios Nros. TS10°CA-1241-16, TS10°CA-1242-16 y TS10°CA-1243-16 de fechas primero (1°) de noviembre de 2016, dirigidos al PRESIDENTE DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE AMBIENTE CHACAO (IMAC), ALCALDE DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA y al SÍNDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA, debidamente firmados y sellados, tanto la citación del primero de los nombrados, como las notificaciones del segundo y tercero nombrado, correspondiente del presente procedimiento de Demanda de Contenido Patrimonial, (f. 95 al 98 de la pieza principal); así como también la consignación realizada por dicho Alguacil Titular en fecha diecinueve de diciembre de 2016, relacionado a la consignación del oficio N° TS10°CA-1350-16, de fecha veintinueve (29) de noviembre de 2016, dirigido al PRESIDENTE .....