En este mismo orden de ideas, se tiene que a la fecha, no ha fenecido el lapso de sesenta (60) días otorgados mediante auto de fecha 16 de octubre de 2017, al ciudadano Rector de la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, por lo que se niega por extemporánea la solicitud formulada por la representación judicial de la parte querellante. Así se decide.