Se declaró CON LUGAR la demanda de Interdicto de Perturbación incoada por el ciudadano Hilario Domingo Sáez Pinto contra la ciudadana Ana Beatriz González Crespo,condenando a la última de las nombradas a que cese los actos perturbatorios contra la posesión del Querellante en el inmueble objeto de la presente querella. Se condenó en costas a la parte perdidosa de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.