Por todas las consideraciones anteriores es por lo que este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en sede civil, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente demanda por DESALOJO, intentada por la abogada ELIZABETH COROMOTO VILORIA DE VARGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.408, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARCO ATILIO VILORIA Y ELDA MARITZA UGARTE DE VILORIA identificada en autos, contra la ciudadana FIDELINA PINEDA DE VIAÑA igualmente identificada.