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Decisiones del dia 08/03/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo, Marítimo y Bancario
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 16.530 N° Sentencia : Fecha: 08/03/2010
Procedimiento:
Reivindicacion
Partes:
WILMER RAFAEL PERAZA/ENRIQUE RAMON PIÑA
Resumen:
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN BREVE y PERIMIDA LA INSTANCIA, por haber transcurrido el lapso establecido en el Ordinal 1º del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, sin que la parte actora cumpliera con las obligaciones de Ley para que sea practicada la citación de la parte demandada, en el presente juicio de REIVINDICACIÓN, interpuesta por el ciudadano WILMER RAFAEL PERAZA, asistido por el abogado JOSE ALBERTO HENRIQUEZ AYALA, contra el ciudadano ENRIQUE RAMON PIÑA; todos identificados en el encabezamiento de la presente decisión; y en consecuencia EXTINGUIDO el presente proceso- SEGUNDO: No hay condenatoria en costas conforme lo dispuesto en el Art.....
Juez/Ponente:
Rafael Eduardo Padron Hernandez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo, Marítimo y Bancario
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N° Expediente : 16.521 N° Sentencia : Fecha: 08/03/2010
Procedimiento:
Divorcio Ordinario
Partes:
ALFREDO GRANADILLO/IRIS SEGOVIA
Resumen:
Ahora bien, vista la no comparecencia de la parte actora, el Tribunal observa: El Articulo 756 del Código de Procedimiento Civil, reza: "Admitida la demanda de divorcio o de separación de cuerpos, el Juez emplazará a ambas partes para un acto conciliatorio en el cual las excitará a reconciliarse, haciéndoles al efecto las reflexiones conducentes. Este acto tendrá lugar pasados que sean cuarenta y cinco (45) días después de la citación del demandado, a la hora que fije el Tribunal. A dicho acto comparecerán las partes personalmente y podrán hacerse acompañar de parientes o amigos, en número no mayor de dos (2) por cada parte. La falta de comparecencia del demandante a este acto será causa de extinción del proceso". En virtud de la norma descrita y la no comparecencia de la parte actora, es por lo que este Tribunal DECLARA EXTINGUIDO EL PRESENTE PROCESO. Termino, se leyó y conformes firman.
Juez/Ponente:
Rafael Eduardo Padron Hernandez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo, Marítimo y Bancario
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